¿Qué son las directivas anticipadas?
Las directivas anticipadas son instrucciones escritas sobre
el cuidado médico que usted recibirá en el futuro. No entran
en vigencia hasta que ya no pueda tomar decisiones por sí
mismo. Las directivas anticipadas tienen varias funciones:
- Le permiten decidir con anticipación qué procedimientos
médicos quiere recibir o no. En general, tienen que ver
con decisiones sobre respiradores, resucitación
cardiopulmonar, recibir alimentos o agua si no puede
tomarlos por boca, y si se deben usar o no ciertos
medicamentos como los antibióticos.
- Ayudan a su familia a tomar decisiones.
- Aseguran que se respeten sus deseos, si no llegan a ser
los mismos que los de su familia.
Hay dos tipos de directivas anticipadas: el testamento en
vida y el poder notarial duradero.
Un testamento en vida también se llama directiva para el
tratamiento de la salud. Es un documento legal. Declara sus
deseos sobre evitar y/o interrumpir su tratamiento en el
caso que:
- tenga un problema de salud que no se pueda curar
- no se espera que viva más que unos pocos meses.
Los testamentos en vida les indican a los cuidadores qué
hacer en el futuro cuando usted ya no pueda tomar sus
propias decisiones sobre su salud. Se llama "testamento en
vida" porque se firma formalmente, igual que un testamento
normal, pero sus términos entran en vigencia antes de su
fallecimiento.
Un testamento en vida puede:
- Describir las medidas que quiere y no quiere que se tomen
para prolongarle la vida cuando claramente se está
muriendo.
- Indicar si quiere o no que lo conecten a respiradores,
tubos de alimentación, oxígeno, fluidos intravenosos, o
que le den otros medicamentos.
- Enumerar problemas específicos (coma, enfermedad fatal
sin esperanzas de recuperación, últimas etapas de
demencia) que harán entrar en vigencia el testamento en
vida.
Para que un testamento en vida sea legal, tiene que ser
competente cuando lo firma y debe firmarlo en presencia de
testigos. Todos los adultos se suponen competentes a menos
que un juez los declare incompetentes. Los requisitos varían
de un estado a otro, pero en general los testigos no pueden
ser:
- parientes suyos
- acreedores o herederos de su sucesión
- su médico.
Sería prudente preparar un testamento en vida cuando todavía
goce de buena salud, no cuando ya está enfermo o internado
en un hospital.
Es importante notar que los testamentos en vida sólo cubren
las decisiones sobre su salud cuando sufre de una enfermedad
terminal. Una enfermedad terminal es aquélla en que no se
cree que el enfermo pueda vivir más de un corto plazo. El
testamento en vida puede no cubrir ciertas enfermedades como
los derrames cerebrales. Es bueno tener un testamento en
vida, pero para que sus deseos sean respetados también le
puede convenir contar con otras directivas anticipadas.
La mayoría de las leyes estatales reconocen las directivas
anticipadas. Pero no todos los estados las reconocen, y los
testamentos en vida no siempre obligan legalmente. Algunos
estados no reconocen los testamentos en vida que fueron
redactados en otros estados. Consulte las leyes de su
estado.
Un poder notarial duradero para atención de la salud (DPAHC,
por sus siglas en inglés) designa a un familiar o amigo suyo
para hacer cumplir sus deseos. Esta persona se llama su
agente. Su agente tomará las decisiones médicas en su nombre
si usted no está en condiciones de tomarlas. Algunas
personas prefieren un DPAHC a un testamento en vida porque
es más flexible.
Para que tenga validez legal, usted tiene que ser competente
en el momento que firme el DPAHC. Se considera que es
"legalmente competente" si tiene la mente sana y por lo
menos 18 años de edad. Si tiene una enfermedad cerebral que
se va agravando con el tiempo (como Parkinson o el mal de
Alzheimer), le conviene redactar los documentos del DPAHC en
las primeras etapas de su enfermedad. Su agente está
obligado a cumplir con sus deseos. En los estados que
reconocen estos tipos de documentos, los familiares y
profesionales médicos no pueden contradecir su testamento en
vida ni las decisiones de su agente.
Una vez que haya firmado los documentos, guárdelos en un
lugar seguro. Pero no los guarde en una caja de seguridad
porque los demás no podrán acceder a ellos cuando los
necesiten. Le conviene hablar con sus amigos, familiares y
su médico sobre sus deseos en materia de atención de la
salud. También les debería dar a esas personas una copia de
su testamento en vida o DPAHC. De esa manera habrá otras
personas que tengan acceso a los documentos que expresan sus
deseos en el caso que no esté en condiciones de expresarlos
por sí mismo.
Se adjuntan a este folleto formularios de muestra para
escribir su testamento en vida, un poder notarial duradero y
una Directiva Anticipada de Tratamiento de la Salud. Si
quiere obtener copias de estos formularios de muestra y no
se adjuntan a este folleto, solicítelas. Tenga en cuenta,
sin embargo, que éstas son sólo muestras, y es posible que
no cumplan con todos los requisitos legales en su estado.
La Organización Nacional de Hospicios y Cuidado Paliativo
ofrece copias gratuitas de directivas anticipadas válidas en
su estado. Puede llamar al 800-658-8898 ó visitar su sitio
Web en http://www.nhpco.org.
El Departamento de Salud de su estado, hospital de la zona o
Colegio de Abogados también le pueden proporcionar
directivas anticipadas válidas en su estado. También puede
hablar con su abogado para que lo ayude a redactar sus
directivas anticipadas.
¿Qué pasa si una persona ya no puede manejar física o
mentalmente sus asuntos personales?
Algunas personas mayores ya no pueden manejar sus asuntos
personales debido a un problema físico o mental. Una persona
puede estar confundida, no saber dónde está o haber perdido
el sentido del tiempo, pero aun así ser capaz de comprender
sus opciones si se lo explican con cuidado. ¿Puede tal
persona comprender y tomar decisiones sobre sus opciones
médicas y financieras?
Los profesionales médicos y especialistas de salud mental
pueden evaluar la capacidad de una persona para tomar
decisiones. Pero sólo una corte puede decidir que una
persona es legalmente incompetente. Para determinar la
competencia legal de una persona, hay que ver si:
- sufre de un problema como una enfermedad mental o
demencia
- puede tomar y comunicar sus decisiones
- sabe manejar su dinero o tomar decisiones sobre su salud.
Si una persona no puede tomar decisiones informadas, la
corte puede nombrarle un tutor legal. Las tutelas pueden
abarcar todos los aspectos de la vida de una persona o sólo
algunos. Por ejemplo, la corte le puede dar a una persona
mayor permiso para tomar decisiones sobre su salud pero no
para manejar su dinero.
¿Qué quiere decir "resucitar" o "no resucitar" (DNR)?
Si está internado en una clínica, hospital o asilo, es
posible que le pidan que firme un formulario de 'código de
resucitación'. Este formulario le indica al personal qué
medidas tomar si su corazón deja de latir y no respira. El
código de resucitación se puede cambiar en cualquier
momento.
La resucitación cardiopulmonar (CPR, por sus siglas en
inglés) es un procedimiento de emergencia que puede salvarle
la vida a una persona cuyo corazón dejó de latir y ya no
respira. La CPR en general no es tan valiosa para personas
con enfermedades crónicas graves o cuya muerte se espera que
ocurra pronto. Si la CPR no otorga ningún beneficio médico,
su doctor se lo explicará.
Un código de resucitación completa quiere decir que quiere
que se haga todo lo posible para revivirlo. Esto incluye
CPR, descargas eléctricas y medicamentos para arrancar el
corazón y conectarlo a un respirador (una máquina que le
hace respirar).
Un código de resucitación limitada puede excluir el uso de
un respirador, equipo de diálisis u otro tipo de respaldo de
vida.
También puede dar una orden de que no se aplique ningún
código de resucitación (No Resucitar, o DNR, por sus siglas
en inglés). Una orden de DNR excluye solamente la CPR, y no
limita otros tipos de tratamiento. Debería recibir toda la
atención médica y de enfermería necesaria, aunque la CPR no
le proporcione beneficios.
Si bien todos tenemos que enfrentar la muerte, muchos le
tenemos miedo y evitamos los asuntos concernientes al fin de
nuestras vidas. Es importante que exprese sus deseos por
escrito. Si no lo hace, es posible que no se sepa cuáles son
y no se los pueda seguir llegado el caso. Esto sólo hará más
difícil la tarea para sus seres queridos. Cuídese a sí mismo
y a su familia tomando las decisiones sobre su atención
médica mientras pueda hacerlo.
Desarrollado por Harriet Berliner, MSN, ANP, y el Dr. Daniel L. Swagerty, MPH, para McKesson Corporation
Este material se revisa periódicamente y está sujeto a cambios
en la medida que aparezca nueva información médica. Se proporciona
sólo para fines informativos y educativos, y no pretende
reemplazar la evaluación, consejo, diagnóstico o tratamiento médico
proporcionados por su profesional de atención de la salud.
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