Selección de un agente o apoderado
El poder legal permanente para cuidados médicos solamente es bueno en la medida que lo es la persona que usted nombra como agente. Si esta persona conoce sus deseos de tratamiento y está dispuesta a llevarlos a cabo, probablemente usted esté bien representado. Asegúrese de decirle a su agente lo que es importante para usted.
A quién escoger
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Puede nombrar a un miembro de su familia, a un amigo cercano, a un sacerdote, a un ministro de la iglesia o a un rabino.
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Debe nombrar solamente a una persona como su agente. Luego nombre a uno o dos suplentes, ya que se necesita a una persona que sirva de reemplazo en caso de que su primera opción no pueda ser ubicada cuando se necesite.
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Hable con cada persona que usted está pensando en nombrar como su agente o como suplente. Hágalo antes de decidir a quién le va a encargar la responsabilidad del cumplimiento de sus deseos.
Su agente debe ser...
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Una persona adulta, de
18 años de edad o mayor. -
Alguien en quien usted confía y con quien pueda hablar acerca del nivel de atención que quisiera recibir y sobre lo que es importante para usted.
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Alguien que apoye los tratamientos que usted haya elegido.
Su agente no puede ser...
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Su médico o profesional de la salud.
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Un empleado de su médico o de un hospital, de una casa de reposo o de un hospicio donde usted reciba atención. Algunos estados tienen otras restricciones sobre quién puede ser nombrado como agente para instrucciones médicas anticipadas.
Sugerencia: le puede convenir escribir sus deseos y darle una copia a su agente.
